jueves, 17 de noviembre de 2011

SOBREPOBLACION CARCELARIA PERU


 
SISTEMA PENITENCIARIO PERUANO

Existen 84 establecimientos penitenciarios que se encuentran en operación, distribuidos en 8 direcciones regionales. La administración de los establecimientos penales se encuentra distribuida en un 63% para el INPE Y UN 37% para la PNP.
En el sistema carcelario peruano existen tres factores concomitantes: una población excesiva, falta de infraestructura adecuada y exiguo presupuesto destinado para esta área.
INFRAESTRUCTURA INADECUADA
De los 84 establecimientos penitenciarios 30 tienen antigüedad mayor a 40 años (37%) y 13 tienen una antigüedad entre 20 y 40 años, estos albergan a 11 860 internos en condiciones de deterioro en infraestructura.
El INPE señala que 49% presenta regular estado de conservación y funcionamiento, mientras que los que presentan mal estado son aproximadamente 30%, debido a que son áreas muy reducidas que imposibilitan la recreación como la rehabilitación de los internos.
Esta situación produce hacinamiento carcelario al tornarse deficientes e insuficientes los recursos lo que trae como consecuencia que la clasificación de los internos no sea eficiente haciendo que la rehabilitación sea imposible, facilitando la aparición de corrupción, drogas y demás comportamientos que solo agravan la situación tornándola caótica e incontrolable.

POBLACIÓN EXCESIVA
Las cárceles peruanas están sobrepobladas con un exceso de 14 000 internos (con 19000 plazas y 33000 internos) y en la actualidad “prácticamente hacinados viven más de 22 mil reclusos en los diversos penales del país debido a que la actual infraestructura penitenciaria solo tiene una capacidad para albergar a 27 mil internos, refirió el jefe del INPE, José Pérez Guadalupe”[1].
El Derecho penal está basado en el principio noveno del título preliminar “la pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. Las medidas de seguridad persiguen fines de curación, tutela y rehabilitación”, por lo que la privación de libertad solo es un medio para que podamos rehabilitar a aquella “oveja negra que se salió del camino del bien”, por lo que tenemos que alejar de nuestra psique cualquier noción de justicia penal que implique relacionarlo con castigo para el delincuente pues como tanto el código penal como la constitución y las normatividad internacional reconoce ( y a las que el Perú está adscrito) el sistema no busca castigar al delincuente simplemente le priva de libertad para poder encargarse de su tratamiento rehabilitador (obligación monopólica que tiene el Estado). 
La prisionización  estudiado por el sociólogo DONALD CLEMMER, es la adaptación que sufren los internos a la subcultura de la cárcel, este proceso de aceptación varía según los individuos, sus propios valores, costumbres, personalidad, etc.
La situación de la sobrepoblación se agrava al revisar las cifras respecto al número de procesados y sentenciados de la población de internos, teniendo como resultado que 70.5% están en calidad de procesados, y 29.5% en calidad de sentenciados, asimismo 92.95% son internos de sexo masculino y 7.06% son de sexo femenino. La mayor población se encuentra principalmente en lima con 52.37% en Lurigancho, el cual alberga al 25.9% de la población a nivel nacional. Esto significa que aproximadamente la cuarta parte de la nación peruana esta en el penal de Lurigancho

EXIGUO PRESUPUESTO
El presupuesto ha disminuido anualmente, lo que ha llevado a declarar en emergencia el sistema carcelario,  es importante recalcar que la población nacional ha venido incrementándose mientras que el presupuesto para el INPE parece estarse reduciendo, tal vez por políticas de austeridad o por la incapacidad del gobierno de poder percibir que la proporción presupuestal es inadecuada para la cantidad de población de internos que existe. Este factor de falta de presupuesto razonable es el más importante para la solución del estado de emergencia que tenemos actualmente respecto de la problemática penitenciaria de nuestro país. Al incrementar el presupuesto los establecimientos penitenciarios podrán ofrecer el servicio al que están destinados y para los que fueron originariamente diseñados, brindando eficiencia en la rehabilitación de los internos.
A continuación podemos apreciar el presupuesto institucional de apertura del INPE para el 2010:
  CUADRO Nº 3 PROGRAMACION PMIP 2010 VS PIA 2010 - SECTOR JUSTICIA[2], en soles.

PLIEGO DEL SECTOR JUSTICIA
PROGRAMACION
PMIP 2010
PIA 2010

INSTITUTO NACIONAL
PENITENCIARIO
78.085.399
58.686.000



PLIEGO
PIA 2010
PIA 2009
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
58,686,000.00

51,286,000.00

En el 2010 para el INPE su presupuesto se ha incrementado en 14.43% respecto al PIA del año 2009. Al Pliego INPE se le asigno presupuesto para 7 proyectos y a 6 no se les asigno dinero alguno, a pesar de tener programación PMIP 2010; en tal sentido el Pliego INPE de acuerdo a sus prioridades considerará a estos 6 PIP sin PIA 2010 en la Programación Multianual 2011-2013, para la continuidad en la ejecución de sus proyectos.

En realidad el PIA 2010 asignado es mayor a lo registrado en el SIAF (S/ 62, 209,420), es decir, el Sector Justicia tiene un PIA de S/. 99, 697, 982 de los cuales S/. 37,488,562 corresponde a recursos de FORSUR al proyecto “Construcción del Nuevo Establecimiento Penitenciario de Chincha” (Código DNPP 2088924) del INPE. Es decir, si se desagrega el PIA del INPE en obras que ascienden a S/. 57, 092,011, el presupuesto para ejecutar el PIP Chincha S/. 37, 488,562, y agregado lo correspondiente a estudios y expedientes técnicos de S/.1, 593,989, se tendría S/. 96, 174,562; asimismo si le agrega el presupuesto de SUNARP el cual es de S/ 2’418,160 y lo correspondiente al Ministerio de Justicia de S/ 1’105, 260 se tiene un PIA Total Sectorial que asciende a S/.99, 697,982.

Cabe precisar que son 7 los proyectos del Pliego INPE a los que no se les asignó PIA 2010 y considerados en la Programación 2010 del PMIP 2010-2012; se ha señalado a sólo 6, dado que el séptimo PIP “Mejoramiento del Equipamiento Informático de la Oficina de Infraestructura Penitenciaria- INPE” se concluyó totalmente su ejecución en el año 2009, con recursos directamente recaudados, adelantándose a la Programación PMIP 2010.

CONCLUSIÓN
Es menester entender que solo el incremento del presupuesto institucional no es la solución definitiva del problema penitenciario en el país, pues mientras no podamos controlar los índices de personas que delinquen, que están en aumento, ningún presupuesto será suficiente. Por ello la estrategia final debe ir de la mano con políticas de prevención del crimen más intensa, buscando evitar que las personas cometan delitos (evitar el aumento de población carcelaria) ello se lograría con una buena estrategia que incida en la educación de la sociedad civil, incorporando nuevas técnicas de rehabilitación de internos y con un derecho penal sustantivo y adjetivo proporcionales en tiempo de ejecución, pues una justicia tardía no es justicia.


[2] Programación Multianual de la Inversión Pública (PMIP) y  Presupuesto Institucional de Apertura (PIA)

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