jueves, 23 de julio de 2020

QUE SIGNIFICA JURIDICAMENTE "ABRIR A PRUEBA"

*ABRIR A PRUEBA. Fase procesal en que, por resolución judicial, se declara abierto o
comenzado el período en que deben proponerse y practicarse aquellas pruebas que
convengan al derecho de las partes. (v. Prueba, Recibimiento a prueba.)

Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición. 

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