Ayer tuve un gran problema, había ido a comprar un arancel judicial de "Solicitud de Remate Judicial" en el Banco de la Nación, pero al pagar me equivoque al señalar al cajero el número del expediente y me di cuenta del error regresando al Estudio. Si te equivocas con tasas o aranceles judiciales y te das cuenta en la misma ventanilla ellos lo podrán solucionar, pero si ya te retiraste no podrán hacerlo. Así que si te haz preguntado ¿qué debo hacer si me equivoco al comprar un arancel judicial en el Banco de la Nación luego de retirarme de la agencia? ¿ Cómo hago para que me devuelvan el dinero que pague por una tasa judicial que no correspondía?, ¿ cómo arreglo el error en el número del expediente en un arancel o tasa judicial del Banco de la Nación cuando ya me retire del cajero?, este es el artículo que debes de leer, porque es un error muy común y que pocos conocen como solucionarlo.
Si la tasa o arancel es de poco valor, no tiene mucha importancia porque estarás en la facultad de poder solventar el pago nuevamente, por ejemplo si compraste un arancel de notificación y pusiste que era para un juzgado civil y en realidad era un juzgado de paz letrado, el problema lo solucionarás comprando otro arancel pues simplemente te costará 3.80 (el precio actual al año 2012 en Perú).
El problema se presenta cuando el precio del arancel o tasa es alto, como en mi caso pues el arancel por solicitud de remate judicial me costó más de S/100.00 soles, lo que justificaba el afán de reclamar y averiguar, además que según las políticas del Banco de la Nación, las tasas de solicitudes de remate judicial y tasas por participación de remate no pueden ser subsanadas por las sucursales sino mediante oficios del juzgado.
Para empezar debemos tener en claro QUE ES LO QUE QUEREMOS, podemos elegir entre las siguientes opciones:
Si optamos por corregir la información errónea de la tasa o arancel judicial, debemos ir al Edificio Alzamora que se encuentra frente al parque universitario en la Av Abancay en el Distrito del Cercado de Lima. Nos dirigiremos a la oficina de HABILITACION DE CEDULAS O TASA JUDICIALES, que actualmente funciona en el piso 19, e indicaremos al funcionario que deseamos que se HABILITE LA TASA PORQUE HUBO UN ERROR EN LA INFORMACIÓN QUE CONTIENE, proporcionamos la información que queremos que se corrija (a este punto te recomiendo que lleves una hoja anotada con la información correcta porque no queremos volver a hacer todo este trámite por un segundo error humano), y finalmente el funcionario te pedirá tu DNI y una copia legible de la tasa o arancel que se quedará con él. El funcionario habilitará el comprobante erróneo sellando la parte posterior y consignando la información correcta (verificar si es la que ustedes han dado), el plazo de la corrección y entrega del comprobante es inmediato y podrás utilizar el mismo arancel o tasa que estará sellado con la información correcta.
Espero que esta información les haya resultado útil y elijas la que más te convenga.
Si conocen otras maneras de solucionar problemas de errores en la compra de tasas judiciales, te invito a comentar y compartir tu conocimiento.
(*) imagen consultada el 09/03/2012. Disponible en http://www.voltairenet.org/IMG/jpg/Reintegro2502.jpg
Si la tasa o arancel es de poco valor, no tiene mucha importancia porque estarás en la facultad de poder solventar el pago nuevamente, por ejemplo si compraste un arancel de notificación y pusiste que era para un juzgado civil y en realidad era un juzgado de paz letrado, el problema lo solucionarás comprando otro arancel pues simplemente te costará 3.80 (el precio actual al año 2012 en Perú).
El problema se presenta cuando el precio del arancel o tasa es alto, como en mi caso pues el arancel por solicitud de remate judicial me costó más de S/100.00 soles, lo que justificaba el afán de reclamar y averiguar, además que según las políticas del Banco de la Nación, las tasas de solicitudes de remate judicial y tasas por participación de remate no pueden ser subsanadas por las sucursales sino mediante oficios del juzgado.
Para empezar debemos tener en claro QUE ES LO QUE QUEREMOS, podemos elegir entre las siguientes opciones:
- Que nos devuelvan el dinero del arancel o tasa, pues no deseamos utilizarlo
- Que se corrija el error en el arancel o tasa, porque queremos utilizarlo
Si optamos por corregir la información errónea de la tasa o arancel judicial, debemos ir al Edificio Alzamora que se encuentra frente al parque universitario en la Av Abancay en el Distrito del Cercado de Lima. Nos dirigiremos a la oficina de HABILITACION DE CEDULAS O TASA JUDICIALES, que actualmente funciona en el piso 19, e indicaremos al funcionario que deseamos que se HABILITE LA TASA PORQUE HUBO UN ERROR EN LA INFORMACIÓN QUE CONTIENE, proporcionamos la información que queremos que se corrija (a este punto te recomiendo que lleves una hoja anotada con la información correcta porque no queremos volver a hacer todo este trámite por un segundo error humano), y finalmente el funcionario te pedirá tu DNI y una copia legible de la tasa o arancel que se quedará con él. El funcionario habilitará el comprobante erróneo sellando la parte posterior y consignando la información correcta (verificar si es la que ustedes han dado), el plazo de la corrección y entrega del comprobante es inmediato y podrás utilizar el mismo arancel o tasa que estará sellado con la información correcta.
Espero que esta información les haya resultado útil y elijas la que más te convenga.
Si conocen otras maneras de solucionar problemas de errores en la compra de tasas judiciales, te invito a comentar y compartir tu conocimiento.
(*) imagen consultada el 09/03/2012. Disponible en http://www.voltairenet.org/IMG/jpg/Reintegro2502.jpg

buenas tardes . y que haría mi madre que pago 15soles en el banco de la nación para sacar una partida de matrimonio y en el reniec no está xq es de muchos años atrás. quiere que le devuelvan el dinero.
ResponderEliminarEn este caso como no se trata de una tasa judicial, el problema es más simple, ya que usted debe dirigirse a la la misma oficina de la Reniec y presentar una solicitud simple, indicando que compró la tasa para solicitar una partida de matrimonio a la Reniec, pero que le informaron que por su antiguedad la base de datos de la Reniec no la contiene.
EliminarPor tanto la tasa que adquirió para que le expidan la partida de matrimonio ya no es útil, que por tal motivo solicita la anulación de la tasa y la devolución de su dinero.
A su solicitud debe anexar el comprobante original que le emitió el Banco de la Nación (antes saque un fotocopia a la tasa para que se quede con su cargo).
Con la solicitud y su comprobante, antes que los ingrese por mesa de partes, puede absolver todas sus dudas en la misma Reniec, que por ley están obligados a dar mayor información sobre el trámite administrativo.
Atte
Estudio Jurídico Ling Santos.
Buenas noches tengo un gran problema queria saber si lo que indicas tambien me podria ayudar mira soy practicante de derecho y hoy por la tarde como estaba apurado por salir y pensando que me haria tarde a mi universidad indique por error el juzgado al que tenia que comprar las cedulas y en vez que diga juzgado de paz letrado compre juzgado laboral, la cosa es que yo compre 12 cedulas dobles que me salio 91.2 quiero saber si tambien me tendria que acercar a alzamora? por favor me seria muy util que me contestes lo mas pronto posible.
ResponderEliminaratte. D.Q
Estimado colega, afirmativamente debe acercarse al Edificio de Alzamora lo más pronto posible e indicar el error cometido, para ello deberá dejar al funcionario que realizará la corrección copia del arancel judicial que va a corregir y posiblemente copia de su DNI (a mi no me lo pidieron, pero hay cada gente especial en el poder judicial y por si las dudas mejor lleve una, ya que sino tendrá que bajar los 19 pisos para sacar copia).
EliminarLe deseo èxitos en sus prácticas y lo invito a ser parte de nuestra comunidad en facebook para que se entere màs rápidamente de nuestras actualizaciones.
Atte
Estudio Jurídico Ling Santos
Una pregunta la solicitud es un formato que te dan en el en el Jr Colmena Nº 745 o hay que redactarla, y quisiera saber el horario de atencion
ResponderEliminarEsa información se la podrán proporcionar más precisamente si usted se acerca a dicha dirección.
EliminarAtte.
Estudio Jurídico Ling Santos
Excelente dato, aun no he tenido ese problema, pero ya se que hacer y a donde recurrir; muchas gracias colega por brindar esa información.
ResponderEliminarBuen día, mi consulta es la siguiente, voy a presentar una demanda ante un juzgada civil, y es un para iniciar un proceso no contencioso, encargue a una persona su la compra de la tasa con la indicación: NO CONTENCIOSO, sin embargo en la ventanilla del banco de la nación le dieron un tasa por el monto de 36.50 soles, que según tengo entendido es para procesos contenciosos. Por favor que debo hacer para no tener problemas cuando presente mi demanda e iniciar el proceso NO CONTENCIOSO. agradezco a alguien que tenga alguna experiencia al respecto y cual es el trámite para lograr el monto del NO CONTENCIOSO que este año 2012 es 73 soles. saludos
ResponderEliminarSaludos, lo más efectivo que le recomiendo hacer es comprar la tasa "por proceso no contencioso" y presentar su demanda (de esa forma no le declararán inadmisible y se tramitarà mientras se resuelve la corrección de la compra equivocada).
EliminarSobre la tasa de proceso contencioso, pues lo mejor sería solicitar una devolución de su dinero, el trámite está explicado en el cuerpo principal de este artículo, una solicitud simple de devolución xplicando lo que sucedió, indicando el error y adjuntando el recibo original de la tasa (quedarnos con una copia es importante para reclamos posteriores si se diera el caso).
Compré una tasa de MCFP de S/.365.00 para Juzgado de Lima y debió ser para Lima Sur se puede habilitar?
ResponderEliminarEn principio la "habilitación de las tasas judiciales" sirve para realizar una "corrección en la información" que no desnaturalice el concepto de la tasa pagada, es decir, por la habilitación no podremos cambiar el concepto de la tasa, si compramos una tasa de notificación y queremos cambiarla por una de ofrecimiento de prueba, la habilitación no es el camino. Respondiendo su pregunta dado que la información sobre el juzgado no cambia el concepto de la tasa, si se podrá realizar una "habilitación" (una corrección sobre información secundaria).
EliminarBuenas noches, gracias por su sugerencia, quiero consultarle que también podría tener la opción de usar el reintegro, es decir como tengo la tasa por ofrecimiento de pruebas para iniciar un proceso contencioso, pero debió ser para un NO CONTENCIOSO, otra forma adicional a la que me señala es completar el monto adjuntando un reintegro por la diferencia, es decir adjuntaré la tasa por ofrecimiento de pruebas del contencioso que tengo de 36.50 más un comprobante que pagaré en el banco de la nación por concepto de reintegro y el monto será la diferencia, lo que me falta para llegar a NO CONTENCIOSO, que sería los otros 36.50, adjuntaré ambas a la demanda que voy a presentar en el distrito judicial de Lima. Al menos me recomendaron que la opción de usar los reintegros es la más rápida, pues el banco de la nación demora un mes en devolver el monto. Espero comentarios al respecto, si alguien uso reintegros alguna vez, en todo caso les comentaré como me resulta, así tendrán otra opción ante un hecho similar. Muchas Gracias por su respuesta.
ResponderEliminarse puede solicitar la devolucion del pago de arancel judicial por demanda de indemnizacion civil declarada improcedente sin presentar apelacion a la sentencia, y si es posible a que lugar y ante que area se debe presentar la solicito de devolucion pago por arancel judicial. gracias
ResponderEliminarLa devolución y la corrección del arancel o tasa pagado al Banco de la Nación por abonos judiciales opera solamente por errores (error en el número del expediente, error en el juzgado, etc), y cuándo solicitamos devolución y cuándo corrección (habilitación) se precisa en el artículo principal más arriba.
EliminarSobre tu consulta puntual no procede la devolución del arancel al que te refieres (que creo que te refieres al de calificación por demanda), pues ese arancel se cobra por calificar la demanda en la sentencia (en improcedente, fundado o infundado), por ese motivo no importa si apelas o no la sentencia.
Que pasa si tengo tasas por un monto fuerte pero tiene ruc de una empresa, si embargo quiero la devolucion de lo pagado.
ResponderEliminarPor otro lado, tengo tasas por remate judicial y quisiera cambiarla a otro tipo de tasa, se puede?
gracias
No se puede cambiar el concepto de la tasa, asi que solamente te queda pedir la devolución.
EliminarSi puedes pedir la devolución del abono aún cuando se consigne el ruc de la empresa.
amigos no se pueden habilitar tasas cuando corresponda a otro distrito judicial es decir las tasas del distrito judicial de lima sur solo se pueden usar para lima sur
ResponderEliminarHola. Veo recien tu página, y la encuentro muy interesante.
ResponderEliminarSe evidencia un gran ánimo de apoyar a todo el que la lee.
Exitos,
José
Buenas noches Doctor, mi hermana hizo un deposito (concepto de admisión) para una universidad nacional, ella tenia unos códigos, pero el cajero le indicaba que había otros campos, que tampoco sabía, así que lo solucionó como pudo (en ves de decirle a ella que mejor se vaya a la sede de la universidad u otra sede del banco de la nación donde si sepan del proceso) y en el momento de inscribirse tiene problemas, así que ella volvió al banco y le dicen que no saben que se vaya a la universidad, y que va a decir?, bueno mi punto es, que puede hacer ahora, ya que no quiere perder esa inversión, le agradezco de antemano su respuesta.
ResponderEliminarHola una consulta, las tasas por derecho de notificación, tiene un tiempo de vigencia??? por que hasta yo se, duarn un año, pero en el Cono Norte no me quieren recibir si tienen mas de 6 meses dicen, gracias de antemano
ResponderEliminarbuenas noches me pueden indicar si la tasa por concepto de derecho de notificación judicial tiene algún tiempo de duración, por que presente un escrito con cédulas que compre el año pasado, pero me indican que ya no valen
ResponderEliminarTienen un plazo de 6 meses de que se adquirio el comprobante , puedes revisar esta resolución administrativa del PJ, http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/documentos/..%5C..%5CCorteSuprema%5Ccepj%5Cdocumentos%5CRA%20N%C2%B0%20220-2009-CE-PJ.pdf
EliminarSe puede cambiar en el Alzamora una tasa de 37.00 por ofrecimiento de pruebas de lima norte a lima?
ResponderEliminarSi se puede.
EliminarBuenas tardes, pague tasa por embargo por S/. 370 con error en el Nºexpediente, el voucher original se encuentra en el juzgado por el que me observaron, solo tengo una fotocopia. Que debo hacer? me aceptaran la habilitacion con la fotocopia o pido devolucion? Gracias.
ResponderEliminarBuenas noches, lo que usted tiene que hacer es pedir la devolución al juzgado de la tasa que presentó, para que con el original realice la habilitación correspondiente.
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarbuenos días ,,, una consulta , en cuanto tiempo se adjudican un inmueble rematado , lo que pasa es que remataron mi departamento y quisiera saber maso menos cuanto toma el tramite y cuales son los pasos , me notifican o algo? para ir haciendo la mudanza,
ResponderEliminarSr. Lino Sevillano:
EliminarBueno, no es el tema de este artículo, pero se lo voy a responder.
En mi experiencia, el tiempo promedio que demora en notificarle con la cédula que le indica el lanzamiento (que desocupe el inmueble) entre dos hasta cuatro meses.
Saludos