tag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post8665702637816236534..comments2024-03-28T22:53:44.816-05:00Comments on Estudio Jurídico Ling Santos: QUÉ HACER SI ME EQUIVOQUE AL COMPRAR UN ARANCEL O TASA JUDICIAL EN EL BANCO DE LA NACIÓNUnknownnoreply@blogger.comBlogger79125tag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-14154266663815284952020-02-20T21:54:10.897-05:002020-02-20T21:54:10.897-05:00Buenas noches quiero hacer una consulta eh tenido ...Buenas noches quiero hacer una consulta eh tenido un error al.momento de sacar mi maratón y mi cédula en él juzgado de familia, lo que pasa es que en vez de ingresar juzgado de familia lima el chico que me.atendió puso juzgado de familia lima norte la.cual no es y eso.me.preocupa quiero saber.si puedo cambiar Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/03075915743049713302noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-47647476768295280402019-11-05T18:18:44.851-05:002019-11-05T18:18:44.851-05:00Hola una consulta puedo efectuar una devolución de...Hola una consulta puedo efectuar una devolución de un arancel de remate de S/.1260 debido a que por error consigne mi DNI y no de la empresa, la empresa no me quiere reconocer el pago si no sale con su RUC. Puedo solicitar la devolución del arancelAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/03559010600477671894noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-86322483067602445672018-04-05T11:46:08.081-05:002018-04-05T11:46:08.081-05:00Estimado Dr. Ling, tengo dos consultas:
1.- Prese...Estimado Dr. Ling, tengo dos consultas:<br /><br />1.- Presente una demanda contenciosa administrativa laboral al Juzgado de Trabajo de Lima Sur, para su presentacion, adjunte la tasa por ofrecimiento de pruebas, sin embargo, como usted sabe, en los procesos laborales hay un descuento del 50% en el pago de tasas. Es el hecho que al acudir al Banco de la Nacion, no se puede pagar el 50% de tasa por ofrecimiento de pruebas, solo aparece el monto del 100% de la tasa (independiente del valor de esta en funcion al monto del petitorio), por lo cual no pude pagar el 50% y tuve que adjuntar tasa con el 100%. Mi consulta es: Es posible solicitar al juzgado la devolucion de ese 50% pagado en exceso? Como dato adicional, debo indicar que la demanda fue admitiva y en ella señale que habia pagado un monto superior por el impase con el Banco de la Nacion.<br /><br />2.- La misma situacion descrita anteriormente, me sucedio al presentar mi medida cautelar, ya que pague un monto superior que excede el descuento que corresponderia al 50% por ser un proceso laboral. Sin embargo, mi medida cautelar fue declarada improcedente, asi que me corresponderia: a). Solicitar la devolucion del exceso pagado por la tasa de medida cautelar presentada y, b). Solicitar la devolucion del 50% del pago por la improcedencia de la medida cautelar (no ha sido apelada).<br /><br />Muchas gracias por la informacion que me pueda brindar, cordiales saludos!Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-49018129736180438662018-01-24T11:36:31.098-05:002018-01-24T11:36:31.098-05:00¡Muchas gracias por la información! ¡Muchas gracias por la información! Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/15493023419945402965noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-73420399263526506792015-04-19T08:23:54.400-05:002015-04-19T08:23:54.400-05:00Si haces la devolución se demorará un mes, pide la...Si haces la devolución se demorará un mes, pide la habilitación para subsanar ese error ya que el concepto del arancel no cambiará.<br />SaludosLing Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-82184250723493851622015-04-19T07:55:38.998-05:002015-04-19T07:55:38.998-05:00El reintegro tiene como objeto "completar&quo...El reintegro tiene como objeto "completar" el monto faltante de otra tasa, es común usarlo por ejemplo a principio de año cuando recién se publica la tabla de los aranceles del año pero ya se presentaron tasas con montos calculados con la UIT del año pasado, esa diferencia entre el arancel del año anterior con el del presente año se regulariza pagando el reintegro por la diferencia. <br /><br />Entonces, lo correcto hubiera sido pagar el reintegro, ya que no siempre la diferencia que te falte completar será el valor de la misma tasa (en este caso te faltaba un monto igual a la tasa S/. 38.50 y por eso pudiste comprar una tasa igual, pero imagina que te hubiera faltado S/. 5.00 , S/.10.00 soles o S/29.00 no hubieras podido comprar la tasa por ese valor siendo el reintegro la única opción viable). <br /><br />Ahora, es posible que el juzgado sea flexible y te acepte haber pagado la diferencia con la misma tasa, dado que al final se terminó pagando la misma cantidad a la misma dependencia judicial, en mi opinión no habría problema pero es cuestión del juez aceptarlo, comunica tu situación al juzgado para evitar problemas. <br />Saludos Ling Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-569004987731336682015-04-17T16:08:27.001-05:002015-04-17T16:08:27.001-05:00El dia de hoy presenté una demanda de sucesion int...El dia de hoy presenté una demanda de sucesion intestada pero adjunté la tasa por arancel judicial de 38.5 soles, pero el sr. de mesa de partes me advirtió que al tratarse de un proceso no contencioso el valor del arancel es de 77 nuevos soles. Ahora tengo que presentar un escrito adjuntando la tasa por el monto faltante de 38.5 soles. Pero el secretario me dijo que lo presente como "REINTEGRO" . Compré la tasa en el banco de la nacion sólo por el valor de 38.5 para cumplir con el remanente, esta bien hecho esto? o debí comprar la tasa con el codigo 07005 correspondiente a reintegro? Saludos<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/09468761192681652232noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-26014947817052658942015-04-14T16:13:36.854-05:002015-04-14T16:13:36.854-05:00Hola pague una tasa por concepto de medida cautela...Hola pague una tasa por concepto de medida cautelar, pero me equivoqué en el numero de expediente e ingresó al primer juzgado cuando debía ser al 5to, como hago para que me devuelvan la tasa y pueda presentarse al juzgado correcto. Por favor es urgente!Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-67327357446401793362015-02-23T17:15:42.456-05:002015-02-23T17:15:42.456-05:00No, porque el arancel por partes judiciales tiene ...No, porque el arancel por partes judiciales tiene una naturaleza diferente al del arancel por medida cautelar. <br />SaludosLing Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-87755242496240216592015-02-20T13:00:19.701-05:002015-02-20T13:00:19.701-05:00Las tasas tienen una vigencia de un año para ser u...Las tasas tienen una vigencia de un año para ser usadas. <br />SaludosLing Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-83859784998457105252015-02-20T12:58:45.046-05:002015-02-20T12:58:45.046-05:00Me parece que existía un procedimiento que se deno...Me parece que existía un procedimiento que se denominaba "Constancia de Pago" que se efectuaba en la agencia donde se realizó el pago por las tasas, adjuntando copia del documento de identidad y copia de las tasas podían reconocerte las tasas extraviadas. <br />No estoy seguro si está vigente actualmente en el Banco de la Nación, pero si te sirvió te agradecería que lo confirmes por este medio para que otras personas se beneficien de tu experiencia. <br />SaludosLing Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-58370396286817051112015-02-20T12:51:18.869-05:002015-02-20T12:51:18.869-05:00Quiero saber si puedo hacer reintegro de tasas que...Quiero saber si puedo hacer reintegro de tasas que compre en el 2013 por 36 soles. O ya no sirven?Sofianoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-14595990315907191282015-02-20T12:49:52.693-05:002015-02-20T12:49:52.693-05:00Buenas tardes, quisiera saber que hago si compre ...Buenas tardes, quisiera saber que hago si compre tasas por 38 soles y se me perdieron. Puedo ir al Banco a pedir un duplicado, claro que tengo el codigo porque les habia sacado copias.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-6931809222835889952015-02-10T01:06:26.772-05:002015-02-10T01:06:26.772-05:00Estimado Dr. mi consulta es: Presente una solicitu...Estimado Dr. mi consulta es: Presente una solicitud de medida cautelar en forma de inscripción y pague el arancel respectivo, pero ahora la Juez me pide que pague otro arancel por partes judiciales para remitir el oficio respectivo a la Oficina Registral. Acaso no resulta un doble pago esto que me ordena? Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-91642670662337656852015-01-29T11:49:47.930-05:002015-01-29T11:49:47.930-05:00Compra los aranceles para el distrito judicial de ...Compra los aranceles para el distrito judicial de Lima Este, Resolución Administrativa N° 101-2014-CE-PJ, publicada en el diario oficial el sábado 5 de abril de 2014.<br /><br />Están incluidos en este nuevo distrito judicial: Lurigancho, Chaclacayo, Ate (Vitarte), Santa Anita, San Juan de Lurigancho, El Agustino, La Molina y Cieneguilla.<br />SaludosLing Santoshttps://www.blogger.com/profile/08210409221796169087noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-37725090165382251052015-01-16T11:57:58.643-05:002015-01-16T11:57:58.643-05:00Porfavor...yo deseo ingresar una demanda de desalo...Porfavor...yo deseo ingresar una demanda de desalojo en Modulo Basico del Agustino...como lo pido o comproel arancel....Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-39809662368418897412014-12-22T11:41:45.001-05:002014-12-22T11:41:45.001-05:00Efectivamente, el pago del reintegro por la difere...Efectivamente, el pago del reintegro por la diferencia es la opción correcta.<br />SaludosLing Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-44619528092683055612014-12-19T17:27:17.026-05:002014-12-19T17:27:17.026-05:00Estimado Ling:
Me gustaría saber cuál es el trami...Estimado Ling:<br /><br />Me gustaría saber cuál es el tramite cuando por causal de improcedencia de una MEDIDA CAUTELAR, que debo hacer sí mediante Resolución me han devuelto el %50 de la tasa judicial para que pueda hacerlo valer ante el Órgano Jurisdiccional competente, vale decir que me han devuelto los anexos incluyendo el boucher.<br /><br />Debo hacer lo comentado en el caso del usuario que mencionas en tu articulo y pagar el reintegro adjuntando mi boucher anterior, resoluciones y boucher cancelando el %50 restante?Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/03595199753193331286noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-30782129222379066712014-11-30T07:10:17.138-05:002014-11-30T07:10:17.138-05:00Si eres peruano (valga la aclaración que he recibi...Si eres peruano (valga la aclaración que he recibido consultas del extranjero) no debería haber problemas, las cédulas de notificación o apelación no salen con el número del juzgado, únicamente indican el nivel jerárquico del juzgado (no dicen "Septimo Juzgado Laboral de Lima" sino "Juzgado Laboral de Lima"). En ese sentido no debería haber problemas con las tasas que has comprado, SaludosLing Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-64316922901605782142014-11-27T11:14:14.584-05:002014-11-27T11:14:14.584-05:00una consulta yo page una apelación para un proceso...una consulta yo page una apelación para un proceso laboral pero en un juzgado diferente pague en el 21 juzgado laboral y era en el decimo cuarto también las cedulas de notificación de la misma manera habrá algún problema al presentar la apelación soy practicante y desconozco el tema por favor si es necesario hacer la corrección o en caso procede el pago normal ? gracias ante todo Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-15275931520970785222014-11-23T07:40:07.475-05:002014-11-23T07:40:07.475-05:00Pode Judicial, en el Edificio Alzamora (que se enc...Pode Judicial, en el Edificio Alzamora (que se encuentra frente al parque universitario en la Av Abancay en el Distrito del Cercado de Lima). en la oficina de HABILITACIÓN DE CÉDULAS, ARANCELES O TASAS JUDICIALES, ubicada en el piso 19. <br />SaludosLing Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-8133397747159286902014-11-20T13:00:44.248-05:002014-11-20T13:00:44.248-05:00Por favor me pueden indicar la dirección en donde ...Por favor me pueden indicar la dirección en donde se realizan las habilitaciones de aranceles, graciasAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/11320723173138866590noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-28528243480580042592014-09-28T07:50:47.258-05:002014-09-28T07:50:47.258-05:00Si es lo mismo, no te preocupes, generalmente el B...Si es lo mismo, no te preocupes, generalmente el Banco de la Nación abrevia de esa forma el año.<br />SaludosLing Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-22385575920593791682014-09-25T23:17:13.921-05:002014-09-25T23:17:13.921-05:00es lo mismo que en la tasa salga 234-12 o necesari...es lo mismo que en la tasa salga 234-12 o necesariamente debe ser 234-2012? el banco se equivoco?<br />anhttps://www.blogger.com/profile/00595182177963214193noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3465673578423384594.post-31143618981537453702014-08-17T08:38:01.081-05:002014-08-17T08:38:01.081-05:00Srta Sanchez, el arancel de ofrecimiento de prueba...Srta Sanchez, el arancel de ofrecimiento de pruebas se paga precisamente para que el juez califique la demanda, en ese sentido, el arancel ha sido utilizado cuando declararon inadmisible su demanda.<br />El reintegro sería viable si existió una equivocación en la compra y el arancel no fue presentado todavía, pudiendo cubrir el monto que falta consignar con el reintegro. <br />SaludosLing Santoshttp://www.estudiojuridicolingsantos.comnoreply@blogger.com