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martes, 7 de julio de 2020

Ley de Contrataciones del Estado DECRETO SUPREMO Nº 082-2019-EF [ACTUALIZADO 2020] [DESCARGAR PDF]

Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado
DECRETO SUPREMO Nº 082-2019-EF


 
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DEL PERÚ- EDICIÓN ENERO
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DEL PERÚ- EDICIÓN FEBRERO
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DEL PERÚ- EDICIÓN MARZO
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DEL PERÚ - EDICIÓN ABRIL
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DEL PERÚ - EDICIÓN MAYO
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DEL PERÚ - EDICIÓN JUNIO
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DEL PERÚ - EDICIÓN JULIO 

Reglamento de la Ley Nº 30225- REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL PERU- Actualizado 2020 [DESCARGAR PDF]

Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado
DECRETO SUPREMO Nº 344-2018-EF




REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL PERÚ- EDICIÓN ENERO
REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL PERÚ- EDICIÓN FEBRERO
REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL PERÚ- EDICIÓN MARZO
REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL PERÚ - EDICIÓN ABRIL
REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL PERÚ - EDICIÓN MAYO
REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL PERÚ - EDICIÓN JUNIO

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL PERÚ - EDICIÓN JULIO (con la última modificatoria del Decreto Supremo N° 168-2020-EF, publicado el 30 junio 2020)

lunes, 8 de junio de 2020

LIBRO SUMMA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO -EDICION ABRIL 2019 [DESCARGAR PDF]

Libro que compila y analiza la ley de contrataciones públicas del Perú y otras normas afines actualizadas al 2019.

NOTA: VISUALIZA LA OBRA COMPLETA DESCARGANDO EL ARCHIVO PDF

miércoles, 27 de mayo de 2020

LIBRO CONTRATACIONES DEL ESTADO DE LA GACETA JURÍDICA 2019 [DESCARGAR PDF]

LIBRO CONTRATACIONES DEL ESTADO POR LA GACETA JURÍDICA  2019

Cabe destacar que la selección y sistematización de los extractos de información antes mencionados son resultado de un prolijo y riguroso trabajo de revisión de los documentos citados, a los cuales se les ha dotado también de sumillas muy precisas a efectos de que el lector pueda identificar con facilidad y rapidez el tema concreto de que se trata en cada caso. Es importante señalar que dadas las diversas modificaciones que ha sufrido la normativa de contrataciones del Estado, se han incorporado a los extractos seleccionados las referencias al articulado de la ley o del reglamento que a la fecha se encuentra vigente, con el propósito de contextualizar al lector respecto del articulado citado en el extracto y la actual regulación.

Del mismo modo, con el propósito de entregar una Información lo más completa posible, se han incorporado referencias doctrinarias al articulado de la ley y del reglamento, con lo cual el lector podrá consultar la opinión de destacados autores sobre aspectos puntuales de los temas que se desarrollan en ambas normas.

Por último, y como soporte complementario a través de la web, se brinda a los lectores la posibilidad de acceder a los textos completos de los extractos incluidos en la obra Impresa, activando el código que corresponde en cada caso, tal como se explica en la "guía del lector".

Estamos seguros de que, gracias a los atributos que se han detallado, este producto se constituirá en una fuente de información permanente para el trabajo diario de los operadores del sistema de contratación estatal.


LIBRO CONTRATACIONES DEL ESTADO - JOSE ALVARADO MAIRENA [PDF DESCARGAR]

 LIBRO "CONTRATACIONES DEL ESTADO" DE JOSÉ ALVARADO MAIRENA

En el marco de la Constitución Política del Perú, el Decreto Supremo N° 082-2019-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, y el Decreto Supremo N° 344-2018-EF que aprueba su Reglamento, la presente obra trata en extenso las disposiciones establecidas para la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras públicas, asegurando de esta manera la continuidad de la acción pública del Estado, optimizando la gestión por resultados, simplificando procedimientos y maximizando el valor del dinero del contribuyente en las mejores y más ventajosas condiciones para el erario nacional.

"Contrataciones del Estado" en su quinta edición 2019, es una obra elaborada bajo un enfoque técnico legal, cuyo objetivo es constituirse en una obra de consulta eficaz y ordenada, ya que desarrolla en forma secuencia! toda la normativa que se debe aplicar en las contrataciones públicas, desde la planificación de las contrataciones que se requerirán durante el año fiscal, así como en lo concerniente a las actuaciones preparatorias,

los requerimientos y preparación del expediente de contratación, los tipos de procedimientos de selección y sus exoneraciones, el otorgamiento de la buena pro, las condiciones a seguir en la ejecución del contrato, los derechos y obligaciones de los participantes, postores y contratistas, y ¡a solución de controversias, entre otros aspectos importantes establecidos en la Ley y su Reglamento.

En este contexto, la obra esta contenida en dos secciones : la Sección I, en la cual se desarrolla toda la normativa establecida en el TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y la Sección II, que comprende todas las regulaciones establecidas en el Reglamento de ¡a Ley, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF.

Para una mejor y fácil aplicación, las disposiciones de la Ley y su Reglamento contienen comentarios con explicaciones claras y precisas, estando concordados con las diferentes leyes, directivas, códigos legales, decretos legislativos y decretos supremos vigentes y emitidos por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE- y los diferentes entes públicos y organismos rectores de los sistemas de gestión pública.



jueves, 14 de mayo de 2020

LIBRO GUIA NORMATIVA COMPLETA DE LA ADMINISTRACION Y GESTION PUBLICA PERÚ 2019 [ PDF DESCARGAR]

LIBRO GUIA NORMATIVA COMPLETA DE LA ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA PERÚ 2019 - TOMOS 1,2,3 Y 4

En suma, el principio de legalidad, tal como lo reconoce la doctrina más autorizada, adquiere el estatus de un verdadero derecho a favor de los administrados, pues estos tienen el poder de exigir a la Administración que se sujete a lo señalado por las normas legales. En caso contrario, el propio sistema jurídico pone a disposición de los administrados ciertos medios legales de protección; estos pueden ser medios directos, como los recursos y remedios administrativos y judiciales; o medios indirectos, como las garantías que presta un buen régimen de organización administrativa, la regularidad de la marcha de esta, su eficiencia y el control de las autoridades superiores sobre las subordinadas o, por decirlo de otro modo, la autotutela que la propia Administración desarrolla dentro de su seno.

Dicho esto, y habiéndose puesto énfasis en la importancia del principio de legalidad, es necesario también reconocer que su aplicación por los funcionarios y operadores públicos no es a veces tarea fácil. Esto debido a la gran cantidad de normas legales que rigen en el sistema jurídico peruano. Es tan profusa y compleja la trama normativa que es frecuente encontrar, en la práctica de la actividad administrativa, diversos casos de duda o error en la aplicación de los dispositivos legales. De ahí la necesidad de la Administración y de los administrados de conocer, con un alto grado de certeza, los marcos normativos de actuación.

Frente a esta constante necesidad, se ha tenido a bien dedicar un esfuerzo especial a la sistematización y organización del marco jurídico integral de la administración y gestión públicas. Sabido es por todos los operadores, que una de las principales deficiencias del sistema jurídico administrativo es su carácter agregativo y no integrador, su vocación por la solución inmediata antes que por la sistematicidad, lo parcial de sus contenidos, su persistencia en las derogaciones tácitas, entre otros defectos de la técnica jurídica, que ocasionan que la tarea de identificación de la norma aplicable a los casos concretos sea el primer reto, acaso inacabable, que afronta todo el que se apro-
xima a su contenido.

Esta obra, preparada por Gaceta Jurídica, apunta a solucionar o atenuar, en alguna medida, esta problemática. Se trata de un primer avance destinado a los funcionarios, servidores y personal técnico de la Administración Pública, así como a los usuarios o administrados que tienen relación con la actividad gubernamental, con el propósito no solo de facilitar la tarea de identificación de las normas aplicables, sino también de ofrecer un panorama coherente e integral de los diversos regímenes normativos de la gestión y los procesos administrativos de la Administración Pública, dé modo que se puedan proyectar futuros cambios a partir de la detección de vacíos y superposiciones. 

La sistematicidad, clasificación dé contenidos y estructura ha sido pensada en la necesidad de contar en un solo texto con las normas fundamentales de la Administración Pública. Con esa mira ha sido elaborada cuidadosamente la selección normativa de esta edición.







miércoles, 7 de agosto de 2013

NO ES NECESARIO PRESENTAR COPIA DE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES PARA CONTRATACIONES CON EL ESTADO

Importante recordar que antes para participar en el procedimiento de contrataciones con el Estado se debía presentar la correspondiente copia de su respectiva inscripción en el Registro de Nacional de Proveedores, con la finalidad que los miembros del comité especial que llevaban a cabo el procedimiento de contratación puedan verificar con ese documento la inscripción del correspondiente participante.


Actualmente ya no es necesario presentar dicha copia de la inscripción en el Registro de Nacional de Proveedores, ya que el legislador modificó la ley al darse cuenta que el comité especial encargado de llevar a cabo el procedimiento de contratación puede cotejar dicha información por la web del Registro de Nacional de Proveedores y que la ausencia en la presentación de la copia de la inscripción no significaba que no estaba inscrito, es decir, hoy basta con que la inscripción tenga la condición de vigente para participar en el procedimiento de contratación, pues es información pública que las entidades pueden fácilmente verificar.

Imagen consultada el 07-08-2013 [en línea]. Disponible en https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjU7DaBCGhiK3ry9sIWq_1Fmhy966A6d1qYBX1naKqHSOXvVyjlF2U3xbLEFkMTFBkAt-GPUgWozZrLuMhxOeHOyJvnyvyTCqTnUbo1XSZCl-pr2-NKkT018xtpkV-cHABWuZk_2aL4pe4D/s240/Rnp.JPG

martes, 6 de agosto de 2013

QUÉ ES Y CUAL ES LA IMPORTANCIA DEL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES

Registro Nacional de Proveedores se puede definir como la lista oficial de personas (naturales o jurídicas) que pueden participar en contrataciones con el Estado para satisfacer las necesidades de las entidades públicas en la provisión de bienes, servicios u obras,  que involucre un desembolso de fondos públicos. La habilitación para contratar con el Estado la adquieren por la inscripción al registro.


El Registro Nacional de Proveedores está clasificado en las siguientes áreas:
  1. Registro de Proveedores de Bienes .- Se inscriben las personas que deseen ser participantes en los procesos de contratación de bienes, es decir, compra de bienes como útiles de oficina, computadoras, etc.
  2. Registro de Proveedores de Servicios .-Se inscriben las personas que deseen ser participantes en los procesos de contratación de servicios en general y servicios de consultoría distinto de obras (ejm consultoría legal, contable, informática, etc).
  3. Registro de Consultores de Obras .- Se inscriben las personas que deseen ser participantes en los procesos de contratación de consultoría de obras (ejm peritajes sobre obras).
  4. Registro de Ejecutores de Obras .- Se inscriben las personas que deseen participantes en los procesos de contratación de ejecución de obras (construyendo obras).
  5. Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado .- Se inscribe a los que son inhabilitados en forma temporal o definitiva por el Tribunal de la OSCE para participar en procesos de selección o contratar con el Estado.
La importancia del Registro Nacional de Proveedores la podemos resumir en los siguientes puntos:

  1. Al ser una lista "oficial" de proveedores genera seguridad jurídica para efectos de la contratación.
  2. Clasifica a los posibles contratistas de acuerdo a su actividad o rubro.
  3. Sirve para cotejar quienes son los inscritos y brindarles constancias de su inscripción para acreditarla documentariamente.
  4. Al tener un registro de los posibles contratistas se puede identificar al participante para fines de fiscalización.
  5. La sociedad puede acceder al registro para identificar a los interesados en contrataciones
  6. Al ser requisito la inscripción para participar en contrataciones, fomenta la formalización de las empresas- proveedores (no es requisito presentar constancia de la inscripción en el procedimiento de contratación porque el Comité Especial de la Entidad que convoca ese procedimiento puede verificar dicha información por la web).
Imagen consultada el 06-08-2013 [en línea]. Disponible en http://www.gocsa.es/imagenes/rnp.jpg

lunes, 5 de agosto de 2013

CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN PRONUNCIAMIENTO, UNA ABSOLUCION DE CONSULTA Y UN COMUNICADO DEL OSCE

DIFERENCIAS DE LAS RESPUESTAS DEL OSCE

En el lenguaje común cuando un interlocutor señala  "pronunciamiento", "absolución de consulta" o "comunicado", dichas palabras pueden llegar a significar lo mismo, pero para el caso de contrataciones con el estado y que dicho interlocutor sea el OSCE (organismo supervisor de las contrataciones del Estado) tienen significados puntualmente distintos.


El pronunciamiento es la respuesta  que el OSCE da a una solicitud de elevación de observaciones a las bases, es obligatorio y vinculante para el proceso cuya base es cuestionada (las bases son reglas y requisitos que seguirá un procedimiento de contratación por ese motivo cada base sirve únicamente para su procedimiento de contratación), es decir, que cuando un participante de un proceso de contratación con el Estado no está de acuerdo con algún extremo de las bases  y cuestiona dicha base, la respuesta que le da el máximo organismo en contrataciones del Estado (contenida en un documento) a esa "queja" es llamada "pronunciamiento".

Absolución de una consulta es la respuesta que da el OSCE respecto de algún alcance de la normativa de contrataciones públicas en un aspecto en particular que le formula alguna entidad pública o un privado interesado, por ejemplo si un participante de un proceso de contratación con el Estado tiene una duda sobre la aplicación de algún artículo de la ley de contrataciones, la respuesta que le da la OSCE es llamada "absolución de consulta", y contiene carácter vinculante desde su publicación en el portal de la OSCE porque vislumbra una interpretación a la norma por el máximo organismo en contrataciones del Estado.


Comunicado es el medio informativo que usa el OSCE para resaltar un extracto de una ley (relacionado con contrataciones del Estado) que considera importante avisar al público en general, por ejemplo se usa comunicados para informar la fecha de entrada de vigencia de alguna modificatoria.

Imagen consultada el 05-08-2013 [en línea], http://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/styles/large/public/field/image/OSCEnoticias2_4.png